A partir de 1986, se conformaron los Consejos Estatales
contra las Adicciones, en estricto apego al Pacto Federal asentado
en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
en el cual se establece que las entidades que son libres y soberanas
en todo lo concerniente a sus regímenes interiores; y de acuerdo
con la Ley General de Salud que señala a la Secretaría
de Salud (SSA) como la encargada de la coordinación del Sistema
Nacional de Salud, con base en la legislación que regula a
las instancias participantes.
Estos Consejos, instalados en cada una de las entidades federativas,
están presididos por el Gobernador, y son coordinados por el
Secretario de Salud local o los Jefes de los Servicios Coordinados
de Salud Pública del Estado. Cada Consejo cuenta con un Secretario
Técnico, que es el enlace con el CONADIC, y con varios vocales,
cuya función consiste en propiciar la participación
de las diversas instituciones, tanto del sector público como
del privado, en cumplimiento de los programas contra las adicciones.
Una tarea prioritaria del CONADIC a través de los Consejos
Estatales, es extender sus acciones a los Comités Municipales
contra las Adicciones fundamentalmente en las zonas consideradas de
alto riesgo, como es el caso de las fronteras norte y sur, centros
de alto crecimiento industrial y turístico, así como
zonas conurbadas de las grandes ciudades.
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